En búsqueda de la VERDAD como un derecho ante un abuso de poder. Un documental sobre violaciones a los Derechos Humanos. LA COMPLICIDAD: Se advierte con claridad que dicho acuerdo proviene de un muy altisimamente probable acuerdo de alto peso político en favor de los intereses únicamente del Gobierno ante una aspiración y no de los derechos humanos de las víctimas. LA IMPUNIDAD: Precisamente por lo absurdo, inconsistente y contradictorio de los acuerdos anteriormente citados y planteados ante las víctimas respaldados como un derecho de la población ante la ley, ante de cualquier criterio u acuerdo . LA REVICTIMIZACIÓN (LGDV): consciente, clara y abusiva a la lógica de no poder revocar los hechos a una confirmación.

CONVENIO DE COLABORACION Y APOYO (NO. 004/2013)

De la recomendacion 12/2014

CNDH

… “las autoridades responsables vulneraron derechos humanos a través de diversas acciones y omisiones como se expondrá a continuación.

…” respecto a la planeación del evento se observa en primer lugar el “convenio de colaboración y apoyo” realizado el 25 de abril de 2013 entre el Ayuntamiento de Chihuahua, Chihuahua y la asociación 1,

…” el objeto de dicho instrumento fue el apoyo económico que otorgó el municipio a la asociación 1,“…

…”Mediante adendum de 12 de septiembre de 2013, esta cantidad se amplió a $14,580,471.00 por gastos de publicidad, premios, iluminación, seguridad privada, contratación de espectáculos y diversos conceptos destinados al desarrollo del espectáculo, y posteriormente, mediante un segundo adendum de 25 de septiembre de 2013, la cantidad aumentó a $17,130,471.00 por concepto de contratación de autores y compositores para la musicalización del evento, compra de artículos promocionales, gastos de logística y uniformes, así como renta de autobuses y alimentación del personal operativo.“…

…” involucrar la transferencia de recursos públicos, el convenio y sus dos adenda no se realizaron de acuerdo con lo prescrito en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contrataciones de Servicios y Obra Pública del estado de Chihuahua, que prevé en sus artículos 1, 31, y 102 que los entes públicos, entre ellos los ayuntamientos del estado de Chihuahua, deben contratar servicios mediante los procedimientos de licitación pública, o bien, en casos excepcionales, licitación restringida o adjudicación directa.“…

…”en ninguna parte del convenio ni de las dos adendas se advierte que la transferencia de recursos públicos para la realización del evento haya estado sustentada en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contrataciones de Servicios y Obra Pública del estado de Chihuahua.“…

…”de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los recursos de la Federación, los estados y los municipios, deben administrarse con eficacia, eficiencia, transparencia, economía y honradez, y la prestación de servicios deberá llevarse a cabo a través de licitaciones públicas y cuando ello fuere posible, las leyes deben regular las bases, procedimientos, requisitos y demás elementos para asegurar las mejores condiciones para el Estado, en concordancia, la Constitución Política del estado de Chihuahua prevé en su artículo 197, que los servidores públicos estatales y municipales, tienen en todo el tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad.“…

…” la autoridad otorgó los recursos económicos que ascendieron a $17,130,471.00 sin aplicar alguna de las figuras jurídicas señaladas, no obstante que estaba obligada al tratarse de una contratación que fue celebrada con cargo al presupuesto de egresos.“…

…”se advierte que la autoridad municipal no verificó que la asociación 1 tuviera los medios suficientes para cumplir a cabalidad con el servicio requerido por parte de la autoridad,”…

…” la asociación no contaba con ninguna evidencia, respaldo o autorización para comprobar que efectivamente el evento pudiera llevarse a cabo conforme a lo acordado en dicho documento.“….

” AR4 al momento de realizar el citado convenio y los adenda actuaba en su calidad de representante legal y titular de la administración pública, y en consecuencia, en esa calidad adquirió junto con los servidores públicos AR5, AR6, AR7, AR8 y AR9 la referida obligación de otorgar los recursos económicos del erario público para la realización del evento y de autorizar los permisos municipales.”…

…”AR4 quien en calidad de presidente municipal y representante legal del ayuntamiento, obligó al municipio a realizar una transferencia de recursos públicos sin ceñirse a la legislación aplicable y obligatoria para esos efectos,”…

“el Ayuntamiento también se comprometió …. a otorgar los permisos municipales, lo que  no se condicionó a la observancia de los lineamientos en materia de espectáculos públicos y protección civil y, en consecuencia, se tradujo en que el Ayuntamiento adquirió la obligación de otorgarlos, sin importar si estos se hubieran cumplido.“…

...“la autorización de los permisos y el cumplimiento de la ley no puede estar sujeta a un acuerdo de voluntades; sin embargo, en el caso en virtud del convenio, el Ayuntamiento adquirió la obligación de otorgar los permisos a PR2.

“actuaran de forma ilegal al tratarse de un evento que había sido aprobado de manera previa por las principales autoridades municipales, incluyendo al jefe de la administración pública.

el informe emitido por el actual secretario del Ayuntamiento de Chihuahua, refirió que la presente administración municipal no se encuentra en posibilidad de llevar a cabo una relatoría respecto al caso que nos ocupa

CONVENIO DE COLABORACIÓN Y APOYO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR LOS C.C. AR4, AR5, AR6, AR7, AR8, AR9 EN SUS CARACTERES DE PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO, DIRECTOR DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y TURÍSTICO, OFICIAL MAYOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE REGIDORES DE HACIENDA, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO "EL MUNICIPIO"; POR LA OTRA. PARTE, LA PERSONA MORAL DENOMINADA, ESPECTÁCULOS EXTREMOS DEL MUNICIPIO. DE CHIHUAHUA, A.C. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. PR2, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL A QUIEN, EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMINARÁ. COMO "LA ASOCIACIÓN"; A QUIENES EN CONJUNTO EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES" SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I.- DECLARA "EL MUNICIPIO":

I.1.- Que de conformidad con los Artículos 115, Fracción II de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, 125 de la Constitución Política del Estado libre y Soberano de Chihuahua y los Artículos 8 y 11 fracción XVIII de Código Municipal vigente para el Estado de Chihuahua es una Institución de Orden Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, parte integrante del Estado y base de su organización territorial, política y administrativa.

I.2.- Que sus representantes gozan. de las facultades para suscribir y obligarse mediante el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 29 fracción XIII y XXI, 63 fracción XV, 64, 65 y 35 fracción II del Código Municipal para el Estado qué Chihuahua, y 84 del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua.

I.3.- Que aportará la cantidad de $7,255,000.00 (Siete millones doscientos cincuenta y cinco mil pesos 00/100 m.n.), a "LA ASOCIACIÓN", para que éste, destine dichos recursos al objeto Convenio, cantidad que se encuentro en la cuenta No. 01-132100-550100005-010204-OF00, según oficio de suficiencia presupuestal, de fecha 11 de abril de 2013, expedido por Oficialía mayor del Municipio.

I.4.- Que su domicilio legal para efectos de lo dispuesto en el presente instrumento es el ubicado en Av. Independencia No. 209, Colonia Centro de la Ciudad de Chihuahua.

II.- DECLARA "LA ASOCIACIÓN”:

II.1.- Que es una Asociación Civil, constituida conforme a las leyes mexicanas, de conformidad con el Acta constitutiva notarial número 1512, de fecha 22 de julio de 2011 ante la Fe de la Lic. Rosario Alejandra Meza Fourzan, adscrita a la Notaría Pública Número Dos, para el Distrito Judicial Morelos, en funciones de notario por licencia de su titular el Lic. Fernando Rodríguez García y cuyo primer. testimonio quedó inscrito bajo el No. 13 a folio 31 del libro 159 en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Chihuahua, Chihuahua, con fecha 29 de agosto del 2011.

II.2.- Que tiene como objeto entre otros la organización de todo tipo de eventos públicos y privados en el Municipio de Chihuahua.

II.3.- Que el C. PR2 comparece en su representación a la celebración del presente instrumento con suficientes facultades para suscribir el presente Convenio, y manifestando bajo protesta de decir verdad, que él carácter con el que comparece no le ha sido limitado, revocada. ni ha concluido por causa alguna.

II.4.- Que señala como su domicilio para los efectos del presente Convenio el ubicado en C, Cedro N0. ***, Colonia Granjas de esta Ciudad de Chihuahua, Chih.

III.- DECLARAN "LAS PARTES":

Que de conformidad con las declaraciones que anteceden, se reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, así mismo, expresan conocer el alcance y contenido de este Convenio, por lo que están de acuerdo en celebrarlo bajo las siguientes:

PRIMERA. - El objeto del presente instrumento es el apoyo económico que otorga “EL MUNICIPIO" a favor "LA ASOCIACIÓN" con el fin de cubrir una parte de los gastos para la organización de espectáculos aéreo extremo, que tendrá lugar en la Presa el Rejón los días 04, 05, 06 de octubre del presente año.

SEGUNDA. - "El MUNICIPIO" para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, aportará la cantidad de $7,255,000.00 (Siete millones doscientos cincuenta y cinco mil pesos 00/100 m.n.), cantidad, que le será entregada a "La ASOCIACIÓN", en cheque expedido a nombre de "LA ASOCIACIÓN" y para abono a cuenta previa entrega del recibo correspondiente.
“LA ASOCIACIÓN" deberá de informar a "El MUNICIPIO" a través de la Dirección de Desarrollo Empresarial y Turístico, de las erogaciones realizadas en cualquiera de los rubros contemplados en el Anexo 1 de este documento jurídico.

TERCERA. - "LA ASOCIACIÓN" con el recurso qué recibe por parte de "El MUNICIPIO", se obliga a cubrir una parte de los gastos para la organización del espectáculo aéreo extremo. que tendrá lugar en la Preso el Rejón, los días 04, 05 y 06 de octubre del presente año.

CUARTA. - En caso de que se presenten imprevistos, “LA ASOCIACIÓN" deberá de informar a la Dirección de Desarrollo Empresarial y Turístico, antes de hacer los gastos necesarios, esto a fin de que sean previamente autorizados por "El MUNICIPIO".

QUINTA. - "LA ASOCIACIÓN" responderá de la aplicación de los recursos financieros para los fines previstos en el presente instrumento, debiendo tener disponible la documentación comprobatoria de los gastos que se realicen.

SEXTA. - "LA ASOCIACIÓN", se compromete a lo siguiente:
1.- Planeación, organización, comercialización, coordinación y operación del espectáculo.
2.- Contratación de participantes en el espectáculo.
3.- Contratación de proveedores para el montaje y operación.
4.- Contratación de la seguridad y vigilancia.
5.- Contratación del seguro de responsabilidad civil.
6.- Obtención de patrocinadores respectivos.
7.- Obtención de los permisos respectivos.
8.- Manejo de los recursos monetarios
9.- Otorgar concesiones para la comercialización de productos y servicios, tales como estacionamiento, restaurante, venta de bebidas.
10.- Soportar fiscalmente los gastos del evento y presentarlos a más tardar en el mes de enero del año 2013.

SÉPTIMA. - "EL MUNICIPIO" se compromete a lo siguiente:
1.- Proporcionar ayuda logística para la celebración del evento.
2.- Proporcionar el uso del Parque Tres Presas sin ningún costo.
3.- Otorgar los permisos municipales
4.- Apoyar según su capacidad con cobertura de medios publicitarios y diseño de elementos promocionales.
5.- Proporcionar el servicio de limpia durante y después del evento .

OCTAVA. - En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por "LA ASOCIACIÓN”, “EL MUNICIPIO" podrá exigir la restitución de las aportaciones que hasta en su momento haya aportado, adoptando los medios legales que unilateralmente considere convenientes.

NOVENA. - "LAS PARTES" de común acuerdo. podrán revisar, ampliar y modificar el presente instrumento, debiendo constar dichas modificaciones por escrito y surtirán efecto a partir de su suscripción.

DÉCIMA. - "El MUNICIPIO" se reserva el derecho de cancelar su aportación económica a "LA ASOCIACIÓN" cuando no se respeten las disposiciones de este Convenio, o cuando se apliquen los recursos en actividades ajenas o los gastos de operación de la misma.

DÉCIMA PRIMERA. - La cantidad objeto del presente convenio, se podrá entregar de lo siguiente Manera:
En el mes de mayo la cantidad de $4,000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 m.n.) y en el mes de julio $3,255,000.00 (tres millones doscientos cincuenta y cinco mil pesos 00/100 m.n.).

DÉCIMA SEGUNDA. - El presente Convenio, entrará en vigor el día de su firma y su vigencia será hasta el día 09 de octubre del 2013.

DÉCIMA TERCERA. - "LAS PARTES" convienen en que el personal designado por cada una de ellas, para la realización del objeto del presente convenio, se entenderá relacionado laboralmente sólo con aquella que lo empleó. Por ende, cada una. de ellas asumirá su responsabilidad por sus respectivas relaciones de trabajo, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos.

DÉCIMA CUARTA. - Cualquier comunicación o notificación, relacionada con lo establecido en este instrumento, se entenderá eficaz si se realiza o se practica en los domicilio indicados por "LAS PARTES" en sus declaraciones correspondientes.

DÉCIMA QUINTA. - En caso de suscitarse duda o controversia respecto a la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, así como de todo aquello que no esté estipulado en el mismo, "LAS PARTES" lo resolverán de común acuerdo mediante la utilización de mecanismos de conciliación; y en caso de no dirimir la controversia, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
Leído que fue el presente Convenio de Colaboración y Apoyo, y enteradas las partes de su contenido y fuerza legal, lo firman por triplicado, en la Ciudad de Chihuahua, Chih., a los 25 días del mes de abril del año dos mil trece.

POR "EL MUNICIPIO”

AR4
PRESIDENTE

AR5
SECRETARIO

AR6
TESORERO

AR7
DIRECTOR DE DESARROLLO
EMPRESARIAL Y TURÍSTICO

AR8
OFICIAL MAYOR

AR9
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN
DE REGIDORES DE HACIENDA

POR “LA ASOCIACIÓN “

PR2

REPRESENTANTE LEGAL



Esta hoja corresponde al Convenio de Colaboración y Apoyo que celebran el Municipio de Chihuahua y la Persona Moral, Espectáculos Extremos del Municipio de Chihuahua. A.C Formalizado en la Ciudad de Chihuahua. Chih. a los 25 días del mes de abril del año dos mil trece.


CONVENIO DE COLABORACIÓN Y APOYO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR LOS C.C. AR4, AR5, AR6, AR7, AR8, AR9, EN SUS CARACTERES DE PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO, DIRECTOR DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y TURÍSTICO, OFICIAL MAYOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE REGIDORES DE HACIENDA, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO "EL MUNICIPIO"; POR LA OTRA. PARTE, LA PERSONA MORAL DENOMINADA, ESPECTÁCULOS EXTREMOS DEL MUNICIPIO. DE CHIHUAHUA, A.C. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. PR2, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL A QUIEN, EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMINARÁ. COMO "LA ASOCIACIÓN"; A QUIENES EN CONJUNTO EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES" SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S:

1.1.- Con fecha 25 de abril del 2013, El Municipio de Chihuahua y Espectáculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., celebraron el convenio mencionado, en el cual "EL MUNICIPIO" se compromete a apoyar a "LA ASOCIACIÓN", con una aportación de $7,255,000.00 (Siete millones doscientos cincuenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), para la organización del espectáculo aéreo extremo, que tendrá lugar en la Presa el Rejón, los días 04, 05 y 06 de octubre del presente año.

DECLARACIONES

I- DECLARA "EL MUNICIPIO":

I. l.- Por el antecedente expuesto, es menester modificar mediante el presente instrumento el monto total del convenio No. 004/2013, para quedar con la cantidad de $14,580,471.00 (Catorce millones quinientos ochenta mil cuatrocientos setenta y un pesos 00/100 M.N.).

I.2.- Que la cantidad de $7,325,471.00 (Siete millones trescientos veinticinco mil cuatrocientos setenta y un pesos 00/100 M.N.), que las partes convienen en aumentar a la aportación total, serán destinados específicamente al objeto del convenio.

CONCEPTO
CONTRATO CON A.C. PARA LA FIESTA DEL GLOBO
CONTRATO CON A.C. PARA EVENTO FLYERS TEAM
COMPRA DE LÁMPARAS DE CANTOYA
CONTRATO PARA ESPECTÁCULO DE MOTOS ACROBÁTICAS X RIDERS
CONTRATO PARA ESPECTÁCULO DE TROCAS MOUNSTRO DEMOUTION SHOW
GASTOS DE PREMIOS EN EVENTO DE VEHICULOS 4X4
CONTRATO PARA ESPECTÁCULO ACUÁTICO RED BULL
CONTRATO PARA ESPECTÁCULO ACUÁTICO LOCAL
COMPRA DE PIROTECNIA
CONTRATO PARA SHOW DEL FORO
COMPRA DE PUBLICIDAD DEL ESPECTÁCULO AEROSHOW
HABILITACIÓN DÉ ESTACIONAMIENTOS
COMPRA DE COMBUSTIBLE PARA MAQUINARiA
INSTALACIÓN DE CARTELERAS
HABILITACIÓN DEL PARQUE
RENTA DE SONORIZACIÓN DEL PARQUE Y ESCENARIO
COLOCACIÓN ILUMINACIÓN DE ESTACIONAMIENTOS
CONTRATACION DE SEGURIDAD PRIVADA
RENTA E INSTALACIÓN DE GRADAS Y VALLAS


TERCERA- "LAS PARTES" convienen en que con excepción de lo que expresamente se estipula en los términos de este adendum rigen todas y cada una de las cláusulas del convenio original.


POR "EL MUNICIPIO”

AR4
PRESIDENTE MUNICIPAL


POR “LA ASOCIACIÓN “

PR2
REPRESENTANTE LEGAL



El presente adendum se extiende en Chihuahua, Chihuahua, a los 12 días del mes de septiembre del año 2013.

SEGUNDO ADENDUM AL CONVENIO NO. 004/2013, DE COLABORACIÓN Y APOYO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR LOS C.C. AR4, AR5, AR6, AR7, AR8, AR9, EN SUS CARACTERES DE PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO, DIRECTOR DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y TURÍSTICO, OFICIAL MAYOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE REGIDORES DE HACIENDA, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO "EL MUNICIPIO"; POR LA OTRA PARTE, LA PERSONA MORAL DENOMINADA, ESPECTÁCULOS EXTREMOS DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, A.C. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. PR2, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMlNARÁ COMO "LA ASOCIACIÓN"; A QUIENES EN CONJUNTO EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES" SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:


A N T E C E D E N T E S:


l.l.- Con fecha 25 de abril del 2013, El Municipio de Chihuahua y Espectáculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., celebraron el convenio mencionado, en el cual "EL MUNICIPIO" se compromete a apoyar a "LA ASOCIACIÓN", con una aportación de $7,255,000.00 (Siete millones doscientos cincuenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), para la organización del espectáculo aéreo extremo, que tendrá lugar en la Presa el Rejón, los días 04, 05 y 06 de octubre del presente año.

1.2.- Con fecha 12 de Septiembre del 2013, el Municipio de Chihuahua y Espectáculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., celebraron un adendum al convenio mencionado en el punto que antecede, en el que "LAS PARTES" convinieron aumentar el total del monto, con la aportación por parte de "EL MUNICIPIO", por la cantidad de $7,325,471.00 (Siete millones trescientos veinticinco mil cuatrocientos setenta y un pesos 00/100 M.N.), quedando un total de $14,580,471.00 (Catorce millones quinientos ochenta mil cuatrocientos setenta y un pesos 00/100 M.N.).


D E C L A R A C I O N E S:

1.- DECLARA "EL MUNICIPIO":

1.1.- Por el antecedente expuesto, es menester modificar mediante el presente instrumento, el monto total del convenio No. 004/2013, de $14,580,471.00 (Catorce millones quinientos ochenta mil cuatrocientos setenta y un pesos 00/100 M.N.), para quedar con la cantidad de $17,130,471.00 (Diecisiete millones ciento treinta mil cuatrocientos setenta y un pesos 00/100 M.N.).

1.2.- Que la cantidad de $2,550,000.00 (Dos millones quinientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), que conviene en aumentar a la aportación total, serán destinados específicamente al objeto del convenio.

1.3.- Que cuenta con el recurso de la inversión correspondiente a la modificación al monto del convenio a que se refiere el presente adendum, recurso que se sustenta en la cuenta No. 01-132100- 550100005-010204-OF00.

1.4.- Que conoce el alcance de las modificaciones materia de este adendum, y tiene capacidad financiera para cumplir con la inversión correspondiente a la modificación al monto del convenio a que se refiere el presente instrumento.

CLAUSULAS:

PRIMERA. - Que "EL MUNICIPIO", para el cumplimiento del objeto del presente documento jurídico aportara al fondo la cantidad de $2,550,000.00 (Dos millones quinientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), de acuerdo a su presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2013.

Que la cantidad de $2,550,000.00 (Dos millones quinientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), que las partes convienen en aumentar a la aportación total, serán destinados para cubrirla totalidad de los gastos para la organización del espectáculo aéreo extremo, mismos que se enuncian a continuación:

CONTRATACIÓN DE AUTORES Y COMPOSITORES
CONTRATACION DE MUSICALIZACION DEL EVENTO
RENTA DE AUTOBUSES
COORDINACION DE VOLUNTARIOS
COMPRA DE UNIFORMES
COMPRA DE ARTICULOS PROMOCIONALES
ALIMENTACION PERSONAL OPERATIVO
GASTOS DE LOGISTICA
GASTOS DE CONCIERTO DE PIANO
CONTRATACION DE GLOBO AEROSTATICO PARA PROMOCION DE RUTA 1.1


Los puntos que anteceden se mencionan de forma enunciativa más no limitativa.

El evento tendrá lugar en la Presa el Rejón, los días 04, 05 y 06 de octubre del presente año, convenio al que originalmente se le acordó destinar $7,255,000.00 (Siete millones doscientos cincuenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), y al cual posteriormente se le aumento la cantidad de $7,325,471.00 (Siete millones trescientos veinticinco mil cuatrocientos setenta y un pesos 00/100 M.N.), y que a la fecha de la firma del presente instrumento dicho monto se modifica, para que la cantidad jota! a ejercer en este rubro sea de $17,130,471.00 (Diecisiete millones ciento treinta mil cuatrocientos setenta y un pesos 00/ 100 M.N .).

SEGUNDA.- "LAS PARTES" convienen en que con excepción de lo que expresamente se estipula en los términos de este adendum, rigen todas y cada una de las cláusulas del convenio original.



POR "EL MUNICIPIO”

AR4
PRESIDENTE MUNICIPAL

AR5
SECRETARIO

AR6
TESORERO

AR7
DIRECTOR DE DESARROLLO
EMPRESARIAL Y TURISTICO

AR8
OFICIAL MAYOR


AR9
PRESIDENTE DE LA COMISION
DE REGIDORES DE HACIENDA


POR “LA ASOCIACION “

PR2
REPRESENTANTE LEGAL



El presente adendum se extiende en Chihuahua, Chihuahua, a los 25 días del mes de septiembre del año 2013.

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